El propósito de este blog es establecer las diferencias entre desigualdad, inequidad e injusticia social, así como observar casos en los que se ven representados.
1. Analizar y sustentar los elementos que caracterizan al caso como "inequidad" y "desigualdad".
2. ¿Estos casos se pueden considerar una injusticia social?, ¿Por qué?
3. ¿Cómo se relaciona el caso con el tema de Determinantes Sociales de la Salud?
martes, 21 de septiembre de 2010
Caso #2
María es una mujer de 34 años de edad que vive en la ciudad de Medellín en estrato 3 y se encuentra afiliada al régimen subsidiado. En el 2007 se le realizó examen de mama y biopsia de la mama derecha con resultado de benignidad. Sin embargo, en el año 2008 a partir de fuertes dolores en su seno consulto con su medica y ésta la envió a servicio de Ginecología en el mes de mayo, pero la EPS no lo asignó hasta octubre del mismo año. El especialista en ginecología la remitió para el servicio de Mastología y Oncología de manera prioritaria anotando en la remisión “Super preferencial y tratamiento preferencial inmediato!”. La EPS hace mala la remisión puesto que la envia a servicio de ginecología de nuevo por lo cual se presentaron dificultades con la IPS, pero finalmente en noviembre un mes después logró que le recibieran los documentos en la IPS. Allí le informaron que sería contactada telefónicamente para informarle de la cita con fecha, hora y lugar de asignación. En mayo de 2009, y en vista de que no se comunicaban con ella, se dirigió de nuevo a la IPS donde la informaron que los documentos se encontraban en el ente territorial departamental, porque ellos los habían radicado allí pero no habían recibido respuesta. Cuando logró comunicarse le informaron que debía radicar de nuevo los documentos porque estos se habían perdido.
Mientras transcurrió el tiempo la masa del seno derecho creció considerablemente, y sin saber que hacer contactó a un periodico local donde publicaron su historia, debido a ello el ente territorial departamental contactó a la ciudadana, en la cual le informaron que había sido aprobada su cita con el especialista. La misma noticia es conocida por la Personería de Medellín, Unidad permanente de derechos humanos –UPDH-, y desde allí también contactaron a la ciudadana.
En la cita asignada por el ente territorial el médico solicita varios servicios y exámenes con carácter PRIORITARIO razón por la cual dichos exámenes debían ser gestionados por la IPS ante la EPS o el ente territorial departamental según estuvieran por dentro o fuera del POS. Según el decreto 4747 de 2007 la respuesta debía ser recibida en los dos días siguientes, no obstante 10 días después no se había dado ninguna respuesta razón por la cual la Personería de Medellín procedió apoyar a la ciudadana con la redacción de una tutela.
El juzgado le concedió en el fallo tutela integral, que permitió que a la ciudadana se le practicaran todos los exámenes y procedimientos requeridos, desafortunadamente para cuando estos estuvieron listos fue necesario realizar una mastectomía(retirar el seno), y el diagnóstico indicó que la mujer tenía cáncer en los pulmones, por lo que debía someterse a tratamiento de quimioterapia y radioterapia. Después de seis meses de tratamiento María salió adelante y el cáncer desapareció de su cuerpo, ahora espera la cita con el cirujano que reconstruirá su seno
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